Hasta el 31 de diciembre de 2012 hay tiempo para cotizar de forma retroactiva el tiempo trabajado como becario (hasta un máximo de 2 años). No soy ningún experto en estas cosas pero me he estado informando un poco y publico aquí un resumen de lo que he averiguado (ojo, es posible que contenga errores).
¿Cuánto cuesta?
La forma de calcular lo que hay que cotizar está explicada aquí.
En mi caso por ejemplo, que fui becario en el 98, por cada mes a cotizar tengo que pagar:
79380 pesetas x 1 € / 166.386 peseta x 0.283 x 0.77 = 103.96 €
El primer número está sacado de aquí.
Pueden pagarse todos los meses juntos o a plazo sin intereses en el doble de meses que vayas a cotizar.
Los números exactos te los dan en la Seguridad Social cuando te llaman para firmar el convenio (unas semanas después de presentar la documentación).
Además creo que esta cotización desgrava en el IRPF porque según el programa PADRE «Tendrán la consideración de gastos deducibles (…) las cotizaciones a la Seguridad Social».
¿Interesa?
Según la forma actual de calcular las pensiones (mejor dicho: la que nos tocará, si no la vuelven a cambiar, a los que tenemos menos de 40) si no llegas a los 37 años cotizados te quitan de la pensión un 2.27 % por cada año que te falte. Para este célculo no importa lo que hayas cotizado cada año, solo importa cuántos años has cotizado. Por tanto suponiendo una cotización de becario de un año (que supone pagar unos 1200 € en mi caso) y una pensión por ejemplo de unos 800 € (el equivalente para entonces, que en esto de las pensiones todo se «normaliza» según el IPC), un 2.27% significa unos 300 € anuales de más, por lo que en 4 años están amortizados los 1200 € (incluso sin contar la desgravación en el IRPF).
Claro, esto suponiendo que sin la cotización de becario no llegas a los 37 años cotizados, porque si llegas habrás tirado lo cotizado por haber sido becario.
Por otro lado resulta que con la ley actual la jubilación para nosotros será a los 67 años, EXCEPTO si tienes 38.5 años cotizados que entonces te puedes jubilar a los 65 con el 100% de la pensión. Por tanto cotizar el tiempo de becario puede servir para poder jubilarte a los 65 en lugar de los 67. También puede ocurrir que llegues a los 38.5 años sin contar la beca por lo que si cotizas por ella también habrás tirado el dinero.
¿Y si cambian las leyes?
Supongo que lo más probable es que lo hagan. Y me temo que en 2 direcciones:
- Aumentando el período de célculo de las pensiones y/o el mínimo de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Esta modificación haría que fuera más interesante la cotización de becario porque al aumentar el mínimo de años es más probable que nos falten años para llegar al 100%. O si el período de célculo se extiende a toda la vida laboral siempre debería ser mejor tener un período cotizado que no tenerlo, aunque sea con una base pequeña.
- Reduciendo el importe medio de las pensiones. Esto juega en contra, porque lógicamente cuando menor sea la pensión sobre la que se suma el 2.27% menor será la mejora en términos absolutos y puede que no compense el desembolso actual.
La conclusión es que lógicamente cada uno debe valorar si en su situación personal le compensa destinar su dinero a esto o no, teniendo en cuenta que al final se trata de una inversión a 30 años vista con un retorno incierto.
¿Cómo hacerlo?
Son estos pasos:
- Pedir un certificado a la empresa en la que hiciste las prácticas. El certificado debe ir firmado y sellado por la empresa y con sus datos y con un texto como este: «Certifico que [tu nombre], con DNI […], participó en un programa de formación financiado por [nombre de la empresa], vinculado a sus estudios universitarios, sin carácter exclusivamente lectivo, que incluía la realización de prácticas formativas, conllevaba una prestación económica para él, y no daba lugar a una relación laboral que determinara su alta en la Seguridad Social.
Su participación fue en el período [fechas de inicio y fin] - Rellenar el formulario de la Seguridad Social
- Presentar el formulario, el certificado y los contratos de becario (si los guardáis, no son imprescindibles) en la Seguridad Social
- Al cabo de unas semanas te llaman para que pases a firmar el convenio y empieces a pagar (todo junto o a plazos)
Yo de momento he hecho el paso 3 y estoy a la espera de que me llamen.